Normativas y Reglamentaciones

Punto 1.- Dcto 696/01: En el Plan de Estudios de la Carrera de Profesorado de Educación Física existen tres formatos de espacios curriculares, denominados materias, seminarios y talleres. Y tres categorías de alumnos:

 a)     Libres.

 b)     Regulares con cursado semi presencial.

 c)     Regulares con cursado presencial.

Para cada una de estas categorías se determinan las siguientes condiciones de regularización, evaluación y promoción:

2.1 Libre: sin asistencia a clase, sin realización de trabajos prácticos. La aprobación del espacio correspondiente será por exámenes final ante tribunal. Bajo esta condición de alumno se tiene solo tres turnos de exámenes, iniciándose en julio del año matriculado y finalizando en febrero/marzo del siguiente año. EXIGENCIA

2.3 Regular con cursado semipresencial: regulariza el cursado de las materias mediante el cumplimiento del 40% de la asistencia a clases, la aprobación del 100% de los trabajos prácticos. La aprobación será con examen final ante tribunal. EXIGENCIA

2.2 Regular con cursado presencial: cumplimiento del 75% de la asistencia a clases, la aprobación del 70% de los trabajos prácticos. La aprobación será con examen final ante tribunal o por promoción directa, esta última requerirá una calificación de 4 o superior y el 100% de los Trabajos prácticos aprobados.

  • La opción de la modalidad de cursado podrá elegirse al momento de la matriculación en las fechas previstas por calendario por la dirección del establecimiento.
  • La condición de modalidad elegida de cursado es por espacio.
  • El cambio de condición de cursado se podrá realizar hasta el día 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, por nota, finalizado este período no se podrá realizar modificaciones.
  • El alumno no podrá recursar un subespacio o espacio curricular hasta agotar todos los turnos de llamados de exámenes establecidos según la condición de alumno obtada.
  • Los recursantes que recursan un subespacio no podrán promocionar el mismo.

En caso de que el alumno durante el cursado como presencial o semi- presencial, quede libre”, NO TENDRÁ DERECHO A EXAMEN Y DEBERÁ RECURSAR EL ESPACIO COMPLETO.

En el caso que solicite un cambio de condición de cursado en los tiempos establecidos por reglamento, se dará lugar al cambio de condición en el Espacio completo. Si la condición de cambio solicitada fuera la de LIBRE, se considerará “a los efectos administrativos” libre en el espacio curricular completo por elección lo cual le permite disponer de los turnos de examen de julio0 y diciembre del año en curso y del turno de marzo del año siguiente.

Quedarán exceptuados de esta norma los siguientes espacios. Curriculares, los cuales solo podrán cursarse en condición de regular presencial que son de cursado presencial obligatorio.                                              

  • Taller docente I, II, III y IV,
  • Formación Motriz II
  • Psicología del niño y del adolescente.
  • Psicología del adulto y la 3º edad  
  • Seminario de Integración y Síntesis.
  • ECO
  • EDI

NOTA:LA CONDICIÓNDELIBRE EN CUALQUIERA DE ESTOS ESPACIOS OBLIGA AL ALUMNO A RECURSAR LOS MISMOS AL AÑO SIGUIENTE.

En caso de quedar libre por sobrepasar el 25% de inasistencias debido a razones de enfermedad, trabajo, o causa debidamente justificada. el alumno podrá solicitar una ampliación hasta el del 40% de inasistencia, el cual se otorgará teniendo en cuenta las justificación que halla presentado en tiempo y forma, tal solicitud podrá realizarse hasta el 31 de octubre del año del año que este cursando.

IMPORTANTE:

  • Los alumnos inscriptos en la condición de libre, podrán solicitar el cambio de condición solamente durante el primer mes de clase. Luego podrá hacerlo por nota justificando el cambio, esta será considerada  a partir de sus argumentos por la dirección del establecimiento.
  • Los alumnos inscriptos como regulares con cursado presencial o semi presencial, que una vez comenzado el período de clases, no pudieran reunir las condiciones exigidas por la categoría de su elección por razones graves personales o Laborales, podrán solicitar cambio de categoría para pasar a otra condición según sea el caso.  Para lo cual la solicitud deberá formularse por escrito explicando las razones que la motivan, acompañada de las certificaciones o constancias que avalen el pedido.